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- reglamento_permiso.pdf [ Spanish ]
Organization:Jose Manuel Mateo Feliz ()Government agency (National/Federal)Sr Jose Manuel MateoDirector Biodiversidad, Direccion de BiodiversidadCayetano Germosen, esq. Av Luperon, Santo DomingoSanto Domingo, Distrito Nacional
10115, Dominican RepublicPhone: 809 567 4300,Fax:Email: jose.mateo@ambiente.gob.do,
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ABSCH-MSR-DO-206726-4 Legislative, Administrative or Policy Measure Ley Sectorial de Biodiversidad (333-15)
La Ley Sectorial de Biodiversidad (333-15), tiene por objeto:
Desarrollar, reglamentar y aplicar los principios y las disposiciones sobre la conservación y uso sostenible de la biodiversidad contenida en la Constitución de la República y en
la Ley Orgánica sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales (64-00). 00, del 18 de agosto de 2000.
2. Establecer el marco legal necesario para propiciar el mantenimiento y la recuperación de la biodiversidad, que contribuya a restablecer el equilibrio y las tendencias de los
ecosistemas y los procesos ecológicos asociados en el territorio nacional, como parte del Patrimonio Natural de la Nación dominicana.
3. Garantizar la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad.
4. Regular el acceso a los recursos genéticos y sus derivados de la biodiversidad.
5. Asegurar la participación justa y equitativa en los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos.
6. Establecer las sanciones administrativas y penales, así como la responsabilidad civil objetiva que se aplicarán a las violaciones a esta ley.
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ABSCH-MSR-DO-238351-1 Legislative, Administrative or Policy Measure Ley General de Medio Ambiente y Recursos Naturales (64-00)
La Ley General de Medio Ambiente y Recursos Naturales, define la estructura basica del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales se estructurará, atendiendo a sus áreas de competencia y funciones, en cinco Ministerio:
Gestión ambiental;
Suelos y aguas;
Recursos forestales;
Áreas protegidas y biodiversidad; y
Recursos costeros y Marinos.