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Checkpoint
(CP)
published: 09 Apr 2015
last updated: 19 Feb 2025
Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías (DIN) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI)
La Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías (DIN) es el órgano competente para resolver las solicitudes de patentes de invención, patentes de modelos de utilidad, diseños industriales, certificados de protección, conocimientos colectivos de los pueblos indígenas, esquemas de trazado de circuitos integrados y certificados de obtentor de nuevas variedades vegetales.
La Decisión 391, Régimen Común sobre Acceso a los Recursos Genéticos, en la Segunda Disposición Complementaria señala que los Países Miembros no reconocerán derechos, incluidos los de propiedad intelectual, sobre recursos genéticos, productos derivados o sintetizados y componentes intangibles asociados, obtenidos o desarrollados a partir de una actividad de acceso que no cumpla con las disposiciones de dicha Decisión y del Reglamento de Acceso a los Recursos Genéticos.
Asimismo, la Decisión 486, Régimen Común sobre Propiedad Industrial, faculta a la DIN a requerir copia del contrato de acceso si los productos o procedimientos objeto de la solicitud de patente han sido obtenidos o desarrollados a partir de recursos genéticos o de sus productos derivados de los que cualquiera de los Países Miembros es país de origen (artículo 26h).
La DIN también requerirá copia de la licencia de uso de los conocimientos tradicionales, cuando los productos o procedimientos cuya protección se solicita han sido obtenidos o desarrollados a partir de conocimientos tradicionales de los que cualquiera de los Países Miembros es país de origen (artículo 26 i), conforme lo establece la Ley N°27811.
La Decisión 345, Régimen Común de Protección a los Derechos de los Obtentores de Variedades Vegetales exige a los solicitantes de un derecho de obtentor que satisfagan las formalidades previstas por la legislación nacional, de acuerdo a ello y, de ser el caso, la Dirección requerirá el cumplimiento de los requisitos que garanticen el acceso legal a un recurso genético o un conocimiento tradicional originario del Perú.
La Decisión 391, Régimen Común sobre Acceso a los Recursos Genéticos, en la Segunda Disposición Complementaria señala que los Países Miembros no reconocerán derechos, incluidos los de propiedad intelectual, sobre recursos genéticos, productos derivados o sintetizados y componentes intangibles asociados, obtenidos o desarrollados a partir de una actividad de acceso que no cumpla con las disposiciones de dicha Decisión y del Reglamento de Acceso a los Recursos Genéticos.
Asimismo, la Decisión 486, Régimen Común sobre Propiedad Industrial, faculta a la DIN a requerir copia del contrato de acceso si los productos o procedimientos objeto de la solicitud de patente han sido obtenidos o desarrollados a partir de recursos genéticos o de sus productos derivados de los que cualquiera de los Países Miembros es país de origen (artículo 26h).
La DIN también requerirá copia de la licencia de uso de los conocimientos tradicionales, cuando los productos o procedimientos cuya protección se solicita han sido obtenidos o desarrollados a partir de conocimientos tradicionales de los que cualquiera de los Países Miembros es país de origen (artículo 26 i), conforme lo establece la Ley N°27811.
La Decisión 345, Régimen Común de Protección a los Derechos de los Obtentores de Variedades Vegetales exige a los solicitantes de un derecho de obtentor que satisfagan las formalidades previstas por la legislación nacional, de acuerdo a ello y, de ser el caso, la Dirección requerirá el cumplimiento de los requisitos que garanticen el acceso legal a un recurso genético o un conocimiento tradicional originario del Perú.
- National / Federal
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Person:Mr. Manuel Javier Castro CalderonDirector, Direccion de Invenciones y Nuevas Tecnologias - DINInstituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protecci?n de la Propiedad Intelectual (INDECOPI)Calle de la Prosa 104, San Borja.Lima, Lima
Lima 41, PeruPhone: +51 1 2247800, ext 3801,Fax:Email: mcastro@indecopi.gob.pe,Website: http://www.indecopi.gob.pe,
Person:Mrs Liliana Palomino DelgadoSubdirectora de Registros, Direccion de Invenciones y Nuevas Tecnologias - DINCalle de La Prosa 104, San BorjaLima, Lima
Lima 41, PeruPhone: +511.2247800 ext 3817,Fax:Email: lpalomino@indecopi.gob.pe,
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