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- reglamento_permiso.pdf [ Spanish ]
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ABSCH-MSR-DO-206726-1 Legislative, Administrative or Policy Measure Ley Sectorial de Biodiversidad (333-15) This document has been updated. This is not the latest published version. Click here to view the latest version of the record.
La Ley Sectorial de Biodiversidad (333-15), tiene por objeto:
Desarrollar, reglamentar y aplicar los principios y las disposiciones sobre la conservación y uso sostenible de la biodiversidad contenida en la Constitución de la República y en
la Ley Orgánica sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales (64-00). 00, del 18 de agosto de 2000.
2. Establecer el marco legal necesario para propiciar el mantenimiento y la recuperación de la biodiversidad, que contribuya a restablecer el equilibrio y las tendencias de los
ecosistemas y los procesos ecológicos asociados en el territorio nacional, como parte del Patrimonio Natural de la Nación dominicana.
3. Garantizar la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad.
4. Regular el acceso a los recursos genéticos y sus derivados de la biodiversidad.
5. Asegurar la participación justa y equitativa en los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos.
6. Establecer las sanciones administrativas y penales, así como la responsabilidad civil objetiva que se aplicarán a las violaciones a esta ley.
Reglamento de Investigacion en Areas Protegidas y Biodiversidad, 2014
Capítulo XI
De las Investigaciones con Acceso a Recursos Genéticos
Artículo 38. Las investigaciones que impliquen el acceso a recursos genéticos, acciones de bioprospección o ambas cosas a la vez, se manejarán de acuerdo al procedimiento de
consentimiento previamente informado.
Artículo 39. Para realizar investigaciones en Áreas Protegidas y Biodiversidad que impliquen acceso a recursos genéticos, los interesados deberán firmar un Contrato de Investigación, de conformidad con el modelo que aparece en el Anexo IV de este Reglamento.
Artículo 40. Si como fruto de estas investigaciones se detecta(n) alguna(s) molécula(s) que tenga(n) algún interés comercial de cualquier índole, y ésta(s) o sus derivados se
comercializan, el Gobierno Dominicano deberá percibir los beneficios que se estipulen en los textos legales que reglamenten el Convenio sobre Diversidad Biológica.
Competent National Authority:Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales ()Calle Cayetano Germosen, esq. Av. LuperonSanto Domingo,
10115, Dominican RepublicPhone: 809 5674300,Fax:Email: marina.hernandez@ambiente.gob.do,Website: http://www.ambiente.gob.do/ambienterd/,
Santo Domingo, Distrito NacionalPerson:Sra. Marina Alicia HernandezEncargada, Departamento Recursos Geneticos
, Dominican RepublicPhone: 890 8502106,Fax:Email: marina.hernandez@ambiente.gob.do,Website:
Person:Sr. Jose Manuel Mateo FelizDirector, Direccion de BiodiversidadAv. Cayetano Germosen, esq, Abraham LincolnSanto Domingo, Distrito Nacional
, Dominican RepublicPhone: 8095674300,Fax:Email: jose.mateo@ambiente.gob.do,Website:
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ABSCH-MSR-DO-206726-4 Legislative, Administrative or Policy Measure Ley Sectorial de Biodiversidad (333-15)
La Ley Sectorial de Biodiversidad (333-15), tiene por objeto:
Desarrollar, reglamentar y aplicar los principios y las disposiciones sobre la conservación y uso sostenible de la biodiversidad contenida en la Constitución de la República y en
la Ley Orgánica sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales (64-00). 00, del 18 de agosto de 2000.
2. Establecer el marco legal necesario para propiciar el mantenimiento y la recuperación de la biodiversidad, que contribuya a restablecer el equilibrio y las tendencias de los
ecosistemas y los procesos ecológicos asociados en el territorio nacional, como parte del Patrimonio Natural de la Nación dominicana.
3. Garantizar la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad.
4. Regular el acceso a los recursos genéticos y sus derivados de la biodiversidad.
5. Asegurar la participación justa y equitativa en los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos.
6. Establecer las sanciones administrativas y penales, así como la responsabilidad civil objetiva que se aplicarán a las violaciones a esta ley.
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ABSCH-MSR-DO-238351-1 Legislative, Administrative or Policy Measure Ley General de Medio Ambiente y Recursos Naturales (64-00)
La Ley General de Medio Ambiente y Recursos Naturales, define la estructura basica del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales se estructurará, atendiendo a sus áreas de competencia y funciones, en cinco Ministerio:
Gestión ambiental;
Suelos y aguas;
Recursos forestales;
Áreas protegidas y biodiversidad; y
Recursos costeros y Marinos.
Capítulo XI, De las Investigaciones con Acceso a Recursos Genéticos
Artículo 38. Las investigaciones que impliquen el acceso a recursos genéticos, acciones de bioprospección o ambas cosas a la vez, se manejarán de acuerdo al procedimiento de
consentimiento previamente informado.
Artículo 39. Para realizar investigaciones en Áreas Protegidas y Biodiversidad que impliquen acceso a recursos genéticos, los interesados deberán firmar un Contrato de Investigación, de
conformidad con el modelo que aparece en el Anexo IV de este Reglamento.
Artículo 40. Si como fruto de estas investigaciones se detecta(n) alguna(s) molécula(s) que tenga(n) algún interés comercial de cualquier índole, y ésta(s) o sus derivados se
comercializan, el Gobierno Dominicano deberá percibir los beneficios que se estipulen en los textos legales que reglamenten el Convenio sobre Diversidad Biológica.
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| Record type | Field | Record(s) | |
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| Competent National Authority | Provide a link to any relevant legal, administrative or policy measures. | 1 | |
| Legislative, Administrative or Policy Measure | List of amended measures | 2 | |
| Legislative, Administrative or Policy Measure | Relationship with other measures | 1 | |