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Legislative, Administrative or Policy Measure
(MSR)
last updated: 27 Oct 2017
DECRETO EJECUTIVO Nº 39341- MINAE: Reglamento para la aplicación de las sanciones administrativas en materia de acceso no autorizado a los elementos y recursos genéticos y bioquímicos, establecidas en Ley de biodiversidad N°7788
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1°. Objeto. El presente reglamento tiene por objeto establecer el procedimiento administrativo sancionador para la aplicación de lo dispuesto en los artículos 112 y 113 Ley de Biodiversidad y disponer otras medidas administrativas en el caso de acceso no autorizado a los recursos genéticos y bioquímicos.
Artículo 3°. Procedimiento aplicable. De conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la Ley de Biodiversidad el procedimiento aplicable para la tramitación y resolución de las sanciones administrativas por acceso no autorizado a los elementos de la biodiversidad contempladas en el artículo 112 de la Ley de Biodiversidad, será el procedimiento ordinario establecido la Ley General de la Administración Pública N° 6227 de 2 de mayo de 1978 con las precisiones complementarias contenidas en este reglamento.
National / Federal
Legally binding
16 Sep 2016
Regulatory or Administrative Measures
No
EN
-
Organization:
Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad
(CONAGEBIO)
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ABSCH-CON-CR-238564-1
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Organization:Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad (CONAGEBIO)Frente a la Iglesia Nuestra Señora de Fátima, Barrio Los Yoses, San PedroMontes de Oca, San José
,Phone: +506 22248664,Fax:Email: melania.conagebio@gmail.com,Website:
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ABSCH-MSR-CR-238616-1 Legislative, Administrative or Policy Measure Ley de BiodiversidadDISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1.- ObjetoEl objeto de la presente ley es conservar la biodiversidad y el uso sostenible de los recursos, así como distribuir en forma justa los beneficios y costos derivados.ARTÍCULO 2.-SoberaníaEl Estado ejercerá la soberanía completa y exclusiva sobre los elementos de la biodiversidad.ARTÍCULO 3.-Ámbito de aplicaciónEsta ley se aplicará sobre los elementos de la biodiversidad que se encuentran bajo la soberanía del Estado, así como sobre los procesos y las actividades realizados bajo su jurisdicción o control, con independencia de aquellas cuyos efectos se manifiestan dentro o fuera de las zonas sujetas a jurisdicción nacional. Esta ley regulará específicamente el uso, el manejo, el conocimiento asociado y la distribución justa de los beneficios y costos derivados del aprovechamiento de los elementos de la biodiversidad.ARTÍCULO 4.-ExclusionesEsta ley no se aplicará al acceso al material bioquímico y genético humano, que continuará regulándose por la Ley General de Salud, No. 5395, de 30 de octubre de 1973, y por las leyes conexas.Tampoco se aplican estas disposiciones al intercambio de los recursos bioquímicos y genéticos ni al conocimiento asociado resultante de prácticas, usos y costumbres, sin fines de lucro, entre los pueblos indígenas y las comunidades locales.Lo dispuesto en esta ley no afecta la autonomía universitaria en materia de docencia e investigación en el campo de la biodiversidad, excepto si las investigaciones tuvieren fines de lucro.
Reglamenta los artículos 112 y 113 de la Ley de Biodiversidad respecto a sanciones administrativas por acceso no autorizado a los elementos y recursos genéticos y bioquímicos de la biodiversidad
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