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Medidas legislativas, administrativas o de política (MSR)
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last updated: 01 nov. 2017
Información general
ARTÍCULO 58 FRACCIÓN IV DE LA LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE

El Artículo 58 fracción IV indica que la SEMARNAT será la responsable de emitir las autorizaciones de colecta y uso con fines comerciales o de investigación de los recursos genéticos forestales 

Nacional / Federal
Jurídicamente vinculante
25 feb. 2003
Ley
No
Información del documento
Enmiendas
ES
Información del contacto regulatorio
- Autoridad Nacional Competente: | ABSCH-CNA-MX-203872-2 Este enlace al registro ha sido borrado.
Autoridad Nacional Competente:
Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos (DGGFyS) Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) ()
Avenida Progreso No. 3, edificio 3, planta alta, Colonia del Carmen, Coyoacán
Distrito Federal, Ciudad de México
C.P. 04100, México
Teléfono: 1+ 52+ (55) 54843568, 1+ 52+ (55) 54843505,
Fax:
Correo electrónico: augusto.mirafuentes@semarnat.gob.mx,
Enmiendas
Relaciones
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