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Certificado de cumplimiento reconocido internacionalmente (IRCC)
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last updated: 31 jul. 2026
Información general
ABSCH-IRCC-PE-300318-1
- Autoridad Nacional Competente: | ABSCH-CNA-PE-203840-10
Autoridad Nacional Competente:
Instituto Nacional de Innovación Agraria ()
Av. La Molina, N° 1981, La Molina
Lima,
15024, Perú
Teléfono: +51 1.240.2100,
Fax:
Correo electrónico: informes@inia.gob.pe,
Información sobre el permiso o su equivalente
00115PER/INIA-2026
10 jul. 2026
08 ene. 2029
Información sobre el consentimiento fundamentado previo (CFP)
- Autoridad Nacional Competente: | ABSCH-CNA-PE-203840-10
Autoridad Nacional Competente:
Instituto Nacional de Innovación Agraria ()
Av. La Molina, N° 1981, La Molina
Lima,
15024, Perú
Teléfono: +51 1.240.2100,
Fax:
Correo electrónico: informes@inia.gob.pe,
Información confidencial
- Organización: Universidad Científica del Sur (UCIENTIFICA) | ABSCH-CON-PE-300193-1
Organización:
Universidad Científica del Sur (UCIENTIFICA)
Instituto académico o de investigación
Carretera Antigua Panamericana Sur Km 19 Alt. de los Pantanos de Villa. Villa El Salvador
Lima,
, Perú
Teléfono:
Fax:
Correo electrónico: lcardo@cientifica.edu.pe,
Sitio web:
Información confidencial
Resolución Directoral N° 260-2026-INIA-DGIA de fecha 10 de julio de 2026 
Información sobre las condiciones mutuamente acordadas (CMA)
Contrato de Acceso a Recursos Genéticos y sus Derivados Sin Fines Comerciales N° 008-2026-INIA/DGIA de fecha 10 de julio de 2026 
Asunto o recurso(s) genético(s)
El acceso cubre a los recursos genéticos y sus derivados de contenidos en la especie domesticada continental Vicugna pacos (alpaca de raza Huacaya), procedente de Junín 
Información confidencial
Información sobre la utilización del/de los recurso(s) genético(s)
  • No comercial
La Resolución Directoral N° 260-2026-INIA-DGIA, autoriza a la Universidad Científica del Sur el acceso a los recursos genéticos y sus derivados contenidos en Vicugna pacos (alpaca raza Huacaya), sin fines comerciales, para el uso exclusivo en la ejecución del proyecto “Aislamiento, caracterización y análisis del contenido de vesículas extracelulares del oviducto de alpaca y su efecto sobre el desarrollo temprano de embriones”. 
Se establece entre las obligaciones lo siguiente: 
-    No reclamar cualquier tipo de propiedad sobre los recursos genéticos y sus derivados. 
-    No utilizar los recursos genéticos y sus derivados para fines distintos a lo establecido en la N° 260-2026-INIA-DGIA e informar a la autoridad de cualquier cambio o modificación a lo establecido en la autorización de acceso.  
-    No trasladar las muestras del recurso genético y sus derivados fuera del país, salvo para los supuestos contemplados en el Plan de investigación. 
-    Presentar al INIA informes extraordinarios e informe final de resultados, así como las publicaciones derivadas de la ejecución del proyecto. 
-    Incluir en las publicaciones, investigaciones y presentación de resultados, el reconocimiento al origen peruano de los recursos genéticos y sus derivados accedidos y la mención de la Resolución Directoral y del contrato suscrito. 
-    Otorgar los beneficios no monetarios establecidos. 
-    Destruir los remanentes de los recursos genéticos y sus derivados accedidos, resultado de la ejecución y/o culminación del proyecto con un informe documentado, a fin de evitar el uso indebido de tales recursos. 
-    Si de la ejecución del proyecto se identifica un potencial uso comercial o industrial, solicitar al INIA la suscripción de un contrato de acceso con fines comerciales. 
-    Brindar las facilidades al INIA para la efectiva supervisión, vigilancia y control e inspección del uso de los recursos genéticos y sus derivados accedidos. 
-    Comunicar al INIA cualquier circunstancia, evento o hecho sobre los recursos genéticos y sus derivados accedidos, que represente una infracción al Reglamento de acceso a los recursos genéticos y sus derivados, a la Decisión 391 de la CAN y/o a las demás disposiciones legales vigentes sobre acceso a los recursos genéticos y sus derivados.
No ceder o transferir a terceros el acceso, manejo o utilización de los recursos genéticos y sus derivados, sin contar con la autorización del INIA. 
Información adicional
Historia de las enmiendas
Unique identifier Status Date
ABSCH-IRCC-PE-300318-1
REVOKED OLD VERSION PUBLISHED DELETED
Vanessa Ingar Elliott (vingar@minam.gob.pe)
31 jul. 2026 22:44
on 31 jul. 2026 22:44
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