República Dominicana | ABSCH-CP-DO-210430 | Punto de verificación | Access and Benefit-Sharing Clearing-House

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Punto de verificación (CP)
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last updated: 17 sep. 2020
Información general
• Ministerio Educación Superior, Ciencia y Tecnología (MESCYT)
Responsabilidades del punto de verificación
El Ministerio de Educación Superior Ciencia y Tecnología  MESCyT, es el órgano del Poder Ejecutivo, en el ramo de la educación superior, la ciencia y la tecnología, encargado de fomentar, reglamentar y administrar el Sistema Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología. De acuerdo con sus atribuciones, vela por la ejecución de todas las disposiciones de la ley 139-01 y de las políticas emanadas del Poder Ejecutivo. 
Los puntos de verificación se crean con la finalidad de vigilar y aumentar la transparencia en el acceso a los recursos genéticos. La  MESCyT como punto de verificación al recibir una solicitud de investigación que proyecte utilizar recursos genéticos y conocimientos tradicionales asociados, pide al solicitante evidencias que demuestren el cumplimiento con el marco regulatorio establecido.
La  MESCyT como punto de verificación puede suspender la tramitación respectiva, prevenir al solicitante de la presentación de la documentación requerida y en caso de no hacerlo, proceder a archivar la solicitud según lo dispuesto en la legislación nacional  aplicable.
  
  • Nacional / Federal
Autoridad(es) para recibir las copias de cortesía de los comunicados del punto de verificación
Los contactos indicados a continuación recibirán copias por correo electrónico de los comunicados del punto de verificación que contengan información recopilada o recibida y publicada originada en ese punto de verificación.
Todas las autoridades nacionales competentes designadas República Dominicana han sido seleccionadas para recibir automáticamente por correo electrónico los comunicados del punto de verificación publicados que se hayan originado en dicho punto de verificación.
No se han seleccionado autoridades adicionales para recibir las copias automáticas por correo electrónico de los comunicados del punto de verificación publicados por dicho punto de verificación.
Información adicional
La Ley 139-01 de Educación Superior, Ciencia y Tecnología establece en el artículo 92 literal “d”, que el presupuesto del Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (MESCYT) contará con un programa para asignar recursos de manera concursable y competitiva, de carácter no reembolsable para financiar proyectos de investigación e innovación científico-tecnológica en las universidades y los centros de investigación legalmente reconocidos y calificados. La misma Ley 139-01, en su artículo 94, crea el “Fondo Nacional de Innovación y Desarrollo Científico y Tecnológico” (FONDOCYT). Dicho Fondo se destina a desarrollar y financiar actividades, programas y proyectos de innovación e investigación científica y tecnológica y a establecer un sistema de promoción permanente de la investigación científica y tecnológica.
Registros que hacen referencia a este documento Mostrar en la búsqueda
Tipo de registro Campo Registro(s)
Comunicado del punto de verificación Punto(s) de verificación que recopilaron o recibieron la información 1