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Medidas legislativas, administrativas o de política (MSR)
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last updated: 01 nov. 2017
Información general
ARTÍCULO 176 DE LA LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

El Artículo 176 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable indica que Los núcleos agrarios, los pueblos indígenas y los propietarios podrán realizar las acciones que se admitan en los términos de la presente Ley, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, Ley General de Vida Silvestre y de toda la normatividad aplicable sobre el uso, extracción, aprovechamiento y apropiación de la biodiversidad y los recursos genéticos. La Comisión Intersecretarial, con la participación del Consejo Mexicano, establecerá las medidas necesarias para garantizar la integridad del patrimonio de biodiversidad nacional, incluidos los organismos generados en condiciones naturales y bajo cultivo por los productores, así como la defensa de los derechos de propiedad intelectual de las comunidades indígenas y campesinos.


Nacional / Federal
Jurídicamente vinculante
07 dic. 2001
Ley
No
Información del documento
Enmiendas
ES
Información del contacto regulatorio
- Autoridad Nacional Competente: | ABSCH-CNA-MX-207341-2 Este enlace al registro ha sido borrado.
Autoridad Nacional Competente:
Servicio Nacional de Inspeccion y Certificacion de Semillas (SNICS). Secretaría de Agricultura, Ganaderia, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentacion (SAGARPA) ()
Guilllermo Pérez Valenzuela # 127, Colonia del Carmen
Ciudad de México, Deleg. Coyoacán
C.P. 04100, México
Teléfono: +1 525 538711000 ext. 47000,
Fax: +1 52536220667 ext. 2002,
Correo electrónico: manuel.villaissa@sagarpa.gob.mx,
Enmiendas
Relaciones
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  ALCANCE DE LA MEDIDA
  Conocimientos tradicionales asociados a recursos genéticos ( Artículo 12 )
  TODOS LOS TIPOS DE RECURSOS GENÉTICOS
No provisions for this element
  ZONAS DE ACCESO A LOS RECURSOS GENÉTICOS
No provisions for this element
  ACCESO
  Acceso a los recursos genéticos
  Para uso comercial ( Artículo 6 )
  Para uso no comercial ( Artículo 6 )
  Acceso a los conocimientos tradicionales asociados a los recursos genéticos, incluido el consentimiento fundamentado previo o la aprobación o la participación
  Para uso comercial ( Artículo 7 )
  Para uso no comercial ( Artículo 7 )
  PARTICIPACIÓN EN LOS BENEFICIOS
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  CUMPLIMIENTO
No provisions for this element
  RELACIÓN CON OTROS INSTRUMENTOS INTERNACIONALES
No provisions for this element
  OTROS
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Información adicional