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Competent National Authority (CNA)
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published: 01 Apr 2015 last updated: 27 Feb 2026
General Information
Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR)
Av. Javier Prado Oeste N° 2442, Urb. Orrantia, Magdalena del Mar
Lima,

15065,
Peru
  • +51 12.259.005
Additional Contact Information
- Person: Sra. Isela del Carmen Arce Castañeda | ABSCH-CON-PE-241086-5
Person:
Sra. Isela del Carmen Arce Castañeda
Especialista en Acceso a los Recursos Genéticos, Dirección de Gestion Sostenible del Patrimonio Forestal
Phone: +51 1.225.9005,
Fax:
Related Organization
Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR)
- Person: Sr. José Edwin Díaz Salas | ABSCH-CON-PE-286363-1
Person:
Sr. José Edwin Díaz Salas
Director, Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre
Phone:
Fax:
Website:
Related Organization
Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR)
Legislative, administrative or policy basis for the competence of the Competent National Authority
  • ABSCH-MSR-PE-263666-1 Legislative, Administrative or Policy Measure DS 019-2021-MINAM - Reglamento de acceso a los recursos genéticos y sus derivados
    Regular las disposiciones referidas al acceso a los recursos genéticos y sus derivados establecidas en la Decisión 391 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena de la Comunidad Andina (CAN), Régimen Común sobre Acceso a los Recursos Genéticos, en concordancia con lo establecido por el Protocolo de Nagoya sobre el Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Beneficios que se deriven de su utilización al Convenio sobre la Diversidad Biológica.

    El presente Reglamento tiene por finalidad:
    a) Desarrollar los mecanismos para el acceso a los recursos genéticos y sus derivados, que prevean una participación justa y equitativa en los beneficios derivados de dicho acceso.
    b) Contribuir a la conservación y utilización sostenible de los recursos genéticos y sus derivados.
    c) Promover e incentivar la investigación, desarrollo e innovación en el país, vinculadas a los recursos genéticos y sus derivados.
    d) Fortalecer las capacidades institucionales del país en materia de acceso a los recursos genéticos y la participación justa y equitativa de los beneficios que se deriven de su utilización.
    e) Aumentar la concienciación de los actores involucrados en el acceso y gestión de los recursos genéticos y sus derivados para asegurar una participación justa y equitativa de los beneficios por su utilización.

    El presente Reglamento es aplicable a los recursos genéticos y sus derivados de: 
    a) Las especies de las que el Perú es país de origen 
    b) Las especies migratorias que por causas naturales se encuentren en el territorio nacional.
  • ABSCH-MSR-PE-237906-1 Legislative, Administrative or Policy Measure Decisión 391 - Régimen Común de Acceso a Recursos Genéticos
    La Comunidad Andina de Naciones  a través de la Comisión del Acuerdo de Cartagena,  aprueba la Decisión 391 - Régimen Común de Acceso a Recursos Genéticos, estableciendo como consideraciones la soberanía de los países en el uso y aprovechamiento de sus recursos.

    La Decisión 391 desarrolla los principios básicos establecidos en el artículo 1, 8(j), 15, 16 y 19 del CDB en materia de acceso a recursos genéticos y distribución de beneficios; regula cómo y bajo qué condiciones puede accederse a recursos genéticos, sus productos derivados y el componente intangible asociado, de los cuales los países de la Comunidad Andina de Naciones son países de origen. Asimismo, tiene en consideración la conservación y uso sostenible del importante patrimonio biológico y genético de los países de la Comunidad Andina, así como el deber de  reconocer la contribución histórica de las comunidades indígenas, afroamericanas y locales.

    Con esta Decisión se: i) prevén las condiciones para una participación justa y equitativa en los beneficios derivados del acceso; ii) sientan las bases para el reconocimiento y valoración de los recursos genéticos, sus derivados y componentes intangibles asociados; iii) promueve la conservación y uso sostenible de los recursos biológicos que contienen recursos genéticos; iv) promueve el desarrollo de capacidades científicas a nivel local, nacional y sub regional; y v) se fortalece la capacidad negociadora de los países miembros.

    El ámbito de la Decisión 391 abarca a los recursos genéticos, sus productos derivados, sus componentes intangibles asociados y los recursos genéticos de las especies migratorias que por causas naturales se encuentren en el territorio de los Países Miembros.

    La Decisión 391 excluye a: i) los recursos genéticos humanos y sus productos derivados; y ii) el intercambio de recursos genéticos, sus productos derivados, los recursos biológicos que los contienen, o de los componentes intangibles asociados a éstos, que realicen las comunidades indígenas, afroamericanas y locales de los países miembros de la Comunidad Andina entre sí y para su propio consumo, basadas en sus prácticas consuetudinarias.

  • ABSCH-MSR-PE-203843-1 Legislative, Administrative or Policy Measure Ratifican el Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Beneficios que se deriven de su utilización al Convenio sobre la Diversidad Biológica
    Decreto Supremo mediante el cual el Perú ratifica el "Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Beneficios que se deriven de su utilización", adoptado el 29 de octubre de 2010 en Nagoya, Japón.
Summary of ABS Responsibilities
El SERFOR es competente para los recursos genéticos y sus derivados del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre y sus microorganismos asociados, incluyendo los parientes silvestres de especies cultivadas. 
National / Federal
  • Plants
  • Animals
  • Microorganism
  • Fungi
  • Wild species
  • Forest
  • Mountains
  • Islands
  • Ex-situ
Additional Information
Algunas funciones de la Autoridad Nacional Competente:
-Admitir, evaluar, aprobar o denegar las solicitudes para el acceso a los recursos genéticos y sus derivados. 
-Otorgar las autorizaciones o negociar y suscribir los contratos de acceso a los recursos genéticos y sus derivados, en el ámbito de su competencia, asegurando la participación justa y equitativa en los beneficios.
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