Peru | ABSCH-CNA-PE-202033 | Competent National Authority | Access and Benefit-Sharing Clearing-House

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ABSCH-CNA-PE-202033-8   |   PDF   |   Print   |  

Competent National Authority (CNA)

published: 30 Sep 2014 last updated: 23 Mar 2023
General Information
Ministry of Environment
Av. Antonio Miroquesada 425, Of. 407, Magdalena del Mar
Lima,
Lima
15076,
Peru
  • +51 1 611600 Ext. 1002
  • +51 1 611600 Ext. 1002
Additional Contact Information
- Person: Sra. Jessica Maria Amanzo Alcantara | ABSCH-CON-PE-241095-1 This document has been updated. This is not the latest published version. Click here to view the latest version of the record.
Person:
Sra. Jessica Maria Amanzo Alcantara
Directora, Direccion de Recursos Geneticos y Bioseguridad
Phone: +(51) 6116000 anexo 1931,
Fax:
Related Organization
Ministerio del Ambiente (MINAM)
Government agency (National/Federal)
Legislative, administrative or policy basis for the competence of the Competent National Authority
  • ABSCH-MSR-PE-202035-1 Legislative, Administrative or Policy Measure DS 003-2009-MINAM - Reglamento de Acceso a los Recursos Genéticos This document has been updated. This is not the latest published version. Click here to view the latest version of the record.

    El Reglamento de Acceso a los Recursos Genéticos (D.S Nº 003-2009-MINAM) tiene como objetivo (Art.1):

    a) Prever condiciones para una participación justa y equitativa en los beneficios derivados del acceso:

    b) Sentar las bases para el reconocimiento y valoración de los recursos genéticos y de sus componentes intangibles asociados, especialmente, cuando se trate de las comunidades y pueblos indígenas:

    c) Promover la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos biológicos que contienen recursos genéticos:

    d) Promover la consolidación y desarrollo de las capacidades científicas, tecnológicas y técnicas a nivel local, regional y nacional:

    e) Fortalecer la capacidad negociadora del país.


    Su ámbito es aplicable a los recursos genéticos de los cuales el Perú es país de origen, a sus productos derivados, a sus componentes intangibles y a los recursos genéticos de las especies migratorias que por causas naturales se encuentren en el territorio nacional (Art.4).

    Se excluyen del ámbito (Art.5):

    a) Los recursos genéticos humanos y sus productos derivados.

    b) El intercambio de recursos genéticos, sus productos derivados, los recursos biológicos que los contienen o de los componentes intangibles asociados a estos que realicen los pueblos indígenas y comunidades locales entre sí y para su propio consumo, basadas en las prácticas tradicionales y usos del lugar en el territorio peruano.

    c) Las especies alimenticios y forrajeras incluidos en el anexo I del Tratado Internacional de Recursos Fitogenéticos para la Agricultura y Alimentación - FAO.

    d) El uso de recursos genéticos con fines de cultivo, dentro del territorio peruano, entendiéndose por cultivo el desarrollo y crecimiento de especies vegetales en condiciones de campo, como también bajo condiciones in vitro, hidropónicas, entre otras.

    e) Las actividades que impliquen el aprovechamiento de recursos naturales no maderables, para producir productos naturales (nutracéuticos y alimentos funcionales).

El acceso y distribución de beneficios en el Perú está regulado por varias normas, las cuales establecen competencias a instituciones de diferentes sectores. La norma que marca la pauta es el Reglamento de Acceso a los Recursos Genéticos (D.S Nº 003-2009-MINAM), el cual desarrolla y precisa las disposiciones contenidas en la Decisión 391 del Acuerdo de Cartagena, Régimen Común de Acceso a los Recursos Genéticos, vigente desde 1996. 

De acuerdo al mencionado reglamento, el ente rector es el Ministerio del Ambiente (MINAM) y coordina con las instituciones de los diferentes sectores competentes. Las Autoridades de Administración y Ejecución (AAE) son las encargadas de atender las solicitudes de acceso, emitir las resoluciones y verificar el cumplimiento de las mismas, de acuerdo a su competencia sectorial: el Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI) para especies silvestres continentales, el Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA) para especies cultivadas o domesticadas continentales y el Ministerio de la Producción – Viceministerio de Pesca y Acuicultura (VMPA-PRODUCE) para especies hidrobiológicas. El Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP) debe emitir opinión previa vinculante a la autorización del acceso a recursos genéticos provenientes de áreas naturales protegidas.

La Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (DIN-INDECOPI) debe mantener contacto permanente con el MINAM, estableciendo sistemas de información sobre las autorizaciones y derechos de propiedad intelectual concedidos vinculados a los recursos genéticos y productos derivados. La Comisión Nacional para la Protección al Acceso a la Diversidad Biológica Peruana y a los Conocimientos Colectivos de los Pueblos Indígenas (creada por la Ley N° 28216 y conocida como Comisión Nacional contra la Biopiratería) debe reportar al MINAM las acciones emprendidas en la investigación e identificación de los actos de proceso ilegal a los recursos genéticos.


Con relación al acceso a los conocimientos tradicionales asociados a los recursos genéticos y la distribución de los beneficios por su utilización, el reglamento de acceso dispone que este debe regirse por la Ley N° 27811, Régimen de Protección de los Conocimientos Colectivos de los Pueblos Indígenas Vinculados a los Recursos Biológicos, vigente desde el año 2002. Este régimen establece como entidad competente a la DIN-INDECOPI.

Summary of ABS Responsibilities

El Reglamento de Acceso a los Recursos Genéticos (Decreto Supremo Nº 003-2009-MINAM) establece que el ente rector del acceso a recursos genéticos es el Ministerio del Ambiente (MINAM). Como tal, es la autoridad normativa, orienta y supervisa la gestión en materia de acceso a recursos genéticos.

National / Federal
  • All types of genetic resources
  • Plants
  • Animals
  • Microorganism
  • Fungi
  • Wild species
  • Domesticated species and/or cultivated species
  • All areas of access of the genetic resource
  • Agricultural areas
  • Forest
  • Inland waters
  • Dry and sub-humid areas
  • Marine and coastal areas
  • Mountains
  • Protected areas
  • Islands
  • Ex-situ
  • Soil and/or water samples
  • Traditional knowledge associated with genetic resources
Additional Information
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Record type Field Record(s)
Legislative, Administrative or Policy Measure Contact Institution 2